Los abusos para cobrar deudas

Los abusos para cobrar deudas

23 mayo, 2026 0 Por JLHA

Un juicio por coacciones a la que sometieron a una mujer, en situación de vulnerabilidad, una empresa de cobro de deudas ha destapado las conductas abusivas de presión y amenazas que utilizan algunas de estas compañías.  

Veamos los hechos.

El viernes 3 de julio de 2020, aproximadamente a las 13:15 horas, Yolanda recibió una llamada de Esther, gestora en la empresa DPS Consulting, subcontratada por Endesa para la gestión de cobro de sus expedientes de deuda. Durante la llamada, Esther simuló pertenecer al servicio de notificaciones judiciales y de embargos del Juzgado, y la presionó para que pagara la cantidad total de 2.369,43 euros que Yolanda adeudaba a la energética por impago de facturas de suministro entre el 1 de marzo de 2015 y el 19 de febrero de 2018. Parte de esta cantidad ya había prescrito. La gestora le dio como fecha máxima para saldar la deuda el 8 julio de ese mismo año, es decir, un total de cinco días, bajo pretexto de que, si no lo hacía, se procedería a cortarle el suministro de la luz, a embargar sus cuentas bancarias y a bloquear sus ingresos. A la pregunta de Yolanda de si esto lo haría Endesa, la respuesta fue: “No, Endesa no, nosotros que somos funcionarios del Estado”.

Yolanda tenía reconocida una situación de vulnerabilidad por falta de recursos económicos, hecho que constaba en la base de datos de DPS Consulting. La empresa de recobro, por su parte, tenía derecho a percibir de Endesa un 18% sobre el importe de la deuda recuperada. Cabe destacar, además, que DPS Consulting tiene otros clientes como Naturgy y Aguas de Barcelona. La denunciante, consciente de la gravedad de la llamada, la grabó y en dicha grabación se reconoce a Esther manifestando que tenía dos órdenes judiciales para notificar que el 8 de julio intervendrían y bloquearían todas las cuentas bancarias, ingresos, así como, hipoteca, alquileres, préstamos o recibos de Yolanda.

Días más tarde, Yolanda contactó con la Oficina de Atención al Ciudadano de la Ciudad de la Justicia de Barcelona, donde le informaron que no existía ningún procedimiento de ejecución civil contra ella en relación con la reclamación de Endesa Energía. Así pues, con intención de buscar ayuda ante esta situación turbulenta, acudió a la Alianza contra la Pobreza Energética (APE) con la grabación de la llamada. A partir de este momento, la APE inició un proceso judicial que pondría fecha al juicio para el 8 de febrero de 2023.  

Casi siete meses después del juicio, la sentencia fue resuelta por la magistrada del Juzgado de lo Penal núm. 18 de Barcelona. Esta confirmaba que, para el cobro de las deudas, el socio administrador y acusado Ricard. P. F, actuando juntamente con la directora general de la empresa y acusada Giorgia D.R., “elaboraron un esquema de actuación para lograr el pago de las deudas pendientes, mediante el empleo de mecanismos conminatorios, conocidos como ‘llamadas especiales’, en las que simulaban llamar desde el servicio de notificaciones judiciales y amedrentaban a los deudores con cortarles el suministro y con embargarles las cuentas bancarias, si no pagaban la deuda antes de un tiempo establecido”.

La trabajadora Esther, durante el juicio, declaró que la llamada “se realizó siguiendo un guión facilitado por el acusado Ricard P.F. y Giorgia D.”. Adicionalmente, Esther también explicó que “ellos les han hecho creer que tienen la competencia del juzgado para hacer estas llamadas” y que “cada mitad de mes les reunían los acusados Giorgia y Ricard para exigirles números”. Durante la declaración de la gestora, citó que “Giorgia les decía que el teléfono tenía que echar humo, que tenían que llamar y colgar, llamar y colgar, que les decían que tenían la competencia judicial para hacerlo y como ellos son abogados, ella se lo creía”. También añadió que estaban obligados a realizar 56 llamadas cobradas al día. Los dos directivos acusados se defendieron aludiendo a un exceso de la trabajadora Esther y rechazaron que le diesen instrucciones.

La sentencia, que es firme, condena a Ricard P. F. y a Giorgia D.R. a un año y ocho meses de prisión por delito de coacciones, y a Esther a seis meses de prisión por el mismo delito. Asimismo, en comparación con la denuncia inicial, la magistrada absolvió a Ricard, Giorgia y Esther del delito de estafa en tentativa y del delito de usurpación de funciones públicas, por el que se les acusaba.

Feliz semana a tod@s.