El Plan Anual de Control Tributario

24 julio, 2016 0 Por JLHA

Nuestra Hacienda Pública cada año aprueba unas directrices por las que se debe guiar la actuación del control tributario, es decir la inspección de los impuestos. Veamos algunas de las indicaciones del plan de este año:

  • Lucha contra la utilización del nombrado “software de ocultación”. Consiste en el uso de programas y herramientas informáticas específicas que permiten la ocultación de las ventas y la manipulación de la contabilidad.
  • Mayor control de las rentas declaradas exentas que suelen suponer un gasto fiscalmente deducible para los pagadores de las mismas. Merecen especial interés las siguientes: exención por realización de trabajos en el extranjero, indemnizaciones por despido, pagos por dietas y asignaciones para gastos de locomoción y normales de manutención y estancia.
  • En cuanto a la economía digital, la comprobación de los beneficios obtenidos por todos aquellos que utilizan Internet como medio para publicitar bienes y servicios a través de distintos medios de marketing como puede ser el de afiliación.
  • Explotación de los datos obtenidos de la operativa de cuentas abiertas en el exterior. Asimismo la utilización de la información disponible sobre bienes patrimoniales, situados en el exterior. Con respecto a este tema no podemos olvidar los últimos acuerdos internacionales suscritos entre la UE y distintos países europeos que hasta hace poco tenían la etiqueta de paraísos fiscales. El objetivo de estos acuerdos es el de ofrecer un sistema de intercambio automático de información sobre cuentas financieras pertenecientes a su personal residente.

Cada miembro de la UE recibirá cada año la siguiente información de sus residentes respectivos: nombre, dirección, número de identificación fiscal, información sobre activos financieros y saldos de las cuentas.

  • Con respecto a Suiza esta información estará formalizada a partir de 1 Enero 2018
  • En cuanto a Liechtenstein será a partir del 1 Enero 2017 que empezará a funcionar.
  • Para la República de San Marino también el 1 Enero 2017.
  • En cuanto a Andorra, el 1 Enero 2018.
  • Mónaco también facilitará información automática a partir de 1 Enero 2018.
  • Austria, única excepción de los estados de la Unión, empezará a intercambiar información de las cuentas financieras de forma automática, a partir de 1 Enero 2018.

Un aspecto novedoso del plan de este año consiste en favorecer el desarrollo de la acción de cooperación entre la Agencia Tributaria y las empresas adheridas al Código de Buenas Prácticas Tributarias. Estas empresas adheridas deben facilitar a la Administración Tributaria determinada información directamente relacionada con sus actuaciones y decisiones en materia fiscal. La inspección, a partir de esta información, realizará actuaciones inmediatas de verificación y análisis. Se planificarán y desarrollarán las actividades informativas y de control que se estimen pertinentes.

En FFACT, en el apartado TO THE EXCELLENCE encontrará un interesante cuestionario de 40 preguntas sobre “la Hacienda Pública y la Seguridad Social”, que le ayudará a reflexionar sobre este importante tema.

Feliz semana a tod@s.